domingo 28 de abril de 2024 - Edición Nº-2753
InfoPasillo » EL PAÍS » 20 ene 2023

Economía

AFIP extendió el plazo para la recategorización del monotributo: cómo hacerlo paso a paso

La fecha límite era este viernes 20, pero la AFIP dispuso alargar el vencimiento otros siete días. Mañana saldrá el anuncio en el Boletín Oficial.


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el próximo 27 de enero (inclusive) el plazo para que los monotributistas realicen su recategorización correspondiente al semestre que va de julio a diciembre de 2022. Así lo dispuso el organismo a través de la Resolución General N°5318/23, que se publicará próximamente en el Boletín Oficial.

El 1° de enero entraron en vigencia las nuevas escalas, por lo que los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de que les corresponda

Para chequear si es necesario iniciar el trámite de recategorización, hay que tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o algún parámetro utilizado para el encasillamiento como los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.

Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización y, en función de la nueva categoría, el importe a pagar se abonará en febrero. En efecto, si transcurrieron menos de seis meses desde la inscripción en el monotributo, no corresponde hacer la recategorización.

Los topes de facturación por categoría de Monotributo 2023

Las cifras corresponden al Ingreso Bruto Anual:

  • Categoría A: $999.657;
  • Categoría B: $1.485.976;
  • Categoría C: $2.080.367;
  • Categoría D: $2.583.720;
  • Categoría E: $3.042.435;
  • Categoría F: $3.803.043;
  • Categoría G: $4.563.652;
  • Categoría H: $5.650.236;
  • Categoría I: $6.323.918;
  • Categoría J: $7.247.514;
  • Categoría K: $8.040.721.

Para realizar la recategorización, los contribuyentes deberán ingresar al sitio de AFIP e ingresar el número de CUIT/CUIL/CDI y la clave fiscal. Allí, deberán seleccionar la opción “Recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.

Por último, al seleccionar la opción “Continuar recategorización”, deberán ingresar la información correspondiente al monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría, que deberá ser aprobada tras tocar en la opción “Confirmar categoría”.

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