ELECCIONES
Rige ya la veda electoral: qué cosas no se pueden hacer previo a las elecciones
El período de restricciones comenzó a las 8 de este viernes y se extenderá por tres horas después de cerradas las mesas de votación el domingo
Las prohibiciones están detalladas en el artículo 71 del Código Nacional Electoral. Su plazo se extenderá hasta las 21 horas del domingo 12 de septiembre, tres horas después de cerrados los comicios, que comenzarán a las 8 de la mañana. Se aplican tanto a candidatos y a los votantes, e incluyen:
- Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino
- Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales
- La venta de bebidas alcohólicas (prohibida desde las 20 horas del sábado 10 hasta las 21 del domingo)
- Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral
- Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias
Los comicios se abrirán a las 8 de la mañana en todo el país. Según especificó la Cámara Nacional Electoral, entre 10.30 y 12.30 las mesas de votación tendrán prioridad para personas que tengan una condición de salud preexistente que los convierta en potenciales pacientes de riesgo de Covid-19.
Las mesas de votación se cerrarán a las 18 horas. A partir de entonces, restarán tres horas para que termine la veda electoral, y se conozcan los primeros resultados provisorios.