sábado 05 de octubre de 2024 - Edición Nº-2913
InfoPasillo » EL PAÍS » 23 ago

El Gobierno reglamentó el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones


A través del Decreto 749/2024, publicado en la madrugada del viernes en el Boletín Oficial, el Ejecutivo dio los detalles del programa con el que busca atraer inversiones y reactivar la economía

El Gobierno continúa con la reglamentación de los diferentes apartados de la Ley Bases, que aprobó a fines de julio el Congreso, y en la madrugada de este viernes compartió los detalles referidos al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), el mecanismo con el que busca atraer inversiones del exterior y reactivar la economía de cara al próximo año.

Tal y como hizo durante todo el mes de agosto con el trabajo específico del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, comandado por Federico Sturzenegger, desde Casa Rosada continúan afinando los aspectos básicos y esenciales de los artículos que conforman la nueva normativa. Durante este mes se reglamentaron, entre otros, las Sociedades Anónimas Deportivas, el blanqueo de capitales y las reformas en los contratos de obra pública.

Este viernes, en el decreto 749/2024 del Boletín Oficial, y con la firma del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y el ministro de Economía, Luis Caputo”, llegó el turno del RIGI, una de las medidas más cuestionadas por la oposición, que otorga una serie de beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios para empresas que inviertan en el país.

En el artículo primero de la norma se estableció: “Apruébase la Reglamentación de los artículos 164 a 228 del Título VII – RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI) de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos Nº 27.742, la que, como ANEXO (IF-2024-90250146-APN-SPEN), forma parte integrante del presente”.

Mientras que en el artículo segundo, se indicó que “las normas complementarias a la presente reglamentación deberán ser dictadas por parte de la Autoridad de Aplicación, la Administración Federal de Ingresos Públicos, el Banco Central y demás Secretarías y reparticiones en el ámbito de sus competencias, en un plazo máximo de TREINTA (30) días corridos a contar desde la publicación de esta reglamentación”.

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias

VIDEOS

GALERÍA DE IMAGENES