ECONOMIA
La AFIP comenzó a devolver dinero a los contribuyentes cumplidores
Desde enero, la AFIP realizó devoluciones a contribuyentes por 7200 millones de pesos que habían sido retenidos en operaciones con moneda extranjera.
Desde enero, la AFIP realizó devoluciones a contribuyentes por 7200 millones de pesos que habían sido retenidos en operaciones con moneda extranjera, correspondiente a quienes hayan pagado el “dólar turista”, ahorro o el denominado "Qatar": una vez finalizado el año calendario en el que se produjo la percepción, los contribuyentes pueden solicitar la devolución en concepto del impuesto a las Ganancias. Asimismo AFIP habilitó días atrás el formulario online para la deducción de “gastos educativos” del Impuesto a las Ganancias.
Entre el 3 de enero y el 10 de febrero se cancelaron devoluciones por un total de 7200 millones de pesos, que alcanzaron a más de 130.000 contribuyentes. Es una cantidad importante de beneficiarios considerando que en 2022 las devoluciones por compras en moneda extranjera llegaron a unas 337.000 personas.
Si bien el “dólar turista” también llamado “dólar tarjeta” contaba con una sobretasa del 30 por ciento desde diciembre de 2019, aproximadamente un año más tarde el Banco Central estableció la percepción del 35 por ciento a cuenta del Impuesto a las Ganancias y en julio de 2022 ésta pasó al 45 por ciento (quedando en el monto anterior sólo para las operaciones de “dólar ahorro”). A su vez, quienes realicen gastos mensuales superiores a los 300 dólares deberán abonar un 25 por ciento adicional a cuenta del impuesto a los Bienes Personales, conocido como “dólar Qatar”.
¿En qué operaciones se aplica el “dólar ahorro”, el “dólar turista”, tarjeta o Qatar? Para quienes hayan comprado moneda extranjera con fines de atesoramiento, o hayan realizado gastos de turismo en moneda extranjera (como la compra de pasajes o el consumo con tarjetas de crédito o débito en el extranjero, no aplica para viajes terrestres a países limítrofes) y también para el pago de productos o servicios extranjeros como Netflix. Algunas operaciones están exceptuadas del dólar turismo con impuestos, por ejemplo, la compra de libros educativos y la utilización de plataformas educativas, también los gastos referidos a la salud (como medicamentos) y en las plataformas digitales de transmisión de música y videos (Spotify) aplica una tasa del 8 por ciento.
Una vez finalizado el año calendario en el que se produjo la percepción, los contribuyentes pueden solicitar la devolución. Para ello deben contar con CUIT, clave fiscal nivel 2 o superior, y Domicilio Fiscal Electrónico. A partir de enero el organismo que conduce Carlos Castagneto habilitó la presentación de esas solicitudes.
Estos son los pasos a seguir para completarlas:
1. Se deberá ingresar a la web de AFIP mediante el “Acceso con Clave Fiscal”, ingresando también el número de CUIT, CUIL o CDI,
2. El sistema desplegará en pantalla la lista de servicios AFIP que tiene habilitados, deberá seleccionar “Mis Aplicaciones Web” (si no lo encuentra deberá habilitarlo utilizando la opción “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”),
3. Por último, ingresar al servicio “Devolución de percepciones” (si no lo encuentra, podrá agregarlo desde la opción “Mis Servicios”, solamente tendrá que escribirlo en el buscador y presionar el botón Agregar). En el caso de la devolución por Bienes Personales, quienes no sean contribuyentes deberán hacer una solicitud de reintegro también a través de la web de AFIP.