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InfoPasillo » EL PAÍS » 10 jun 2022

POLICIALES

El juez rechazó el pedido de detención de Villa por la denuncia de abuso sexual

El juez de Garantías Javier Maffucci Moore, que interviene en el expediente donde el delantero colombiano está imputado de abuso sexual, rechazó el pedido de detención que había presentado la fiscal Vanesa González


Sebastián Villa, delantero y jugador fundamental en el presente futbolístico de Boca Juniors, continuará en libertad en el proceso judicial donde está imputado de abuso sexual con acceso carnal.

Así lo resolvió el juez de Garantías Javier Maffucci Moore, magistrado que interviene en el expediente, al rechazar el pedido de detención que había presentado la fiscal Vanesa González, a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) N°3 Especializada en Violencia Familiar y de Género, Abusos Sexuales y Delitos Conexos a la Trata de Ezeiza, funcionaria a cargo de la investigación.

“La detención requiere un fundamento serio y objetivo de posibilidad delictual y ello sucede siempre que existan elementos de convicción suficientes”, sostuvo el magistrado al rechazar el pedido de detención solicitado por la fiscal.

En la resolución, el magistrado dijo que existe “una fuerte sospecha” de que hubiese ocurrido el hecho denunciado, pero explicó que ”aun siendo así, se advierte -yendo al material que se ha traído a cuento para sustentar el pedido [de detención]- la presencia de numerosas inconsistencias y faltantes tanto en la colecta probatoria, como en la argumentación, fundamentación y motivación de la solicitud realizada, lo cual cierra por la negativa la suerte de ese reclamo [el pedido de arresto efectuado por la fiscal]”.

La representante del Ministerio Público había sostenido que entendía que había un peligro de fuga. “La seriedad del delito y la eventual severidad de la pena son dos factores que debe tenerse en cuenta para evaluar la posibilidad de que el procesado intente fugarse para eludir la acción de la Justicia”, explicó al fundamentar su pedido de detención.

Entre las pruebas con las que había fundamentado el pedido de arresto, la fiscal González había resaltado el testimonio de la víctima. En ese sentido, el magistrado afirmó: “No basta con afirmar dogmáticamente que el testimonio de la víctima es creíble, sino que se deben brindar razones suficientes que justifiquen esa credibilidad, porque no escapa ese testimonio a los criterios de veracidad y credibilidad cuya valoración resulta facultad propia de los jueces”.

Maffucci Moore explicó en su resolución:Por eso es que las investigaciones adecuadas y la colección de un cuadro probatorio eficiente y suficiente se tornan imprescindibles a fin de acreditar la hipótesis acusatoria y no vulnerar las garantías del acusado, ni terminar perjudicando a la propia víctima al conformarse con un cuadro probatorio dudoso, contradictorio endeble o acotado que impediría llegar a una eventual condena”.

Ahora, la representante del Ministerio Público tiene que evaluar si cita a Villa a prestar declaración indagatoria.

Para el magistrado sí “hay un cúmulo de sospechas” para llevar adelante “una investigación profunda orientada a descubrir la verdad”. Y sostuvo: “Pero con ser así esos elementos de juicio no reunen, por el momento y al día de la fecha, la entidad que reclama el artículo 151 del Código Procesal Penal bonaerense como para ordenar la detención de una persona”.

Hoy, el juez Maffucci Moore también resolvió sobre el pedido de eximición de prisión que había presentado el abogado Martín Apolo, letrado que defiende a Villa, en el inicio de la investigación. El magistrado no hizo lugar a lo solicitado por la defensa del imputado.

“La pena con que ese accionar [abuso sexual con acceso carnal] está sancionado impide la eventual aplicación de una condena en suspenso de llegarse a una sentencia condenatoria. Su situación no encuadra dentro de ninguna de las hipótesis previstas en el artículo 169 del Código Procesal Penal bonaerense que autorizan la excarcelación. Como la procedencia de la eximición de prisión está limitada expresamente a los supuestos de excarcelación ordinaria el pedido debe ser rechazado”, sostuvo e magistrado.

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